¿Es responsabilidad del ayuntamiento los daños por inundación que ha tenido un bar del pueblo?
En la mayor parte de las ocasiones la respuesta será afirmativa. Por regla general, los ayuntamientos tienen encomendada la gestión de la red de saneamiento, y consecuentemente, es responsabilidad del ayuntamiento su cuidado y los daños que por acción u omisión puedan causar éstas a los vecinos del municipio.
Si como se plantea en la pregunta, una inundación ha producido el anegamiento de un bar del pueblo, habrá que investigar las causas, y si estas son consecuencia de un defecto imputable a la red de saneamiento.
La responsabilidad del ayuntamiento está concernida por indicación de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas, según la cual, en su Artículo 139 (Principios de la responsabilidad:), 1. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Si el ayuntamiento tiene cedido por contrato a un tercero la gestión de estos servicios, serán éstos los responsables directos y el ayuntamiento el subsidiario o solidario, según los casos.
Por regla general, los ayuntamientos mantienen en vigor póliza de responsabilidad civil para ceder a una aseguradora el riesgo de responsabilidad civil patrimonial que les puede ser imputable. En estas pólizas se indica que está garantizado el daño producido a terceros como consecuencia del anormal funcionamiento de los servicios públicos prestados por el ayuntamiento. Los servicios técnicos de éstos, deberán fundamentar las razones del daño producido después de ser recibida ante ellos una reclamación del perjudicado, en este caso el bar que ha sufrido la inundación. Consulte con nosotros cómo hacer esta reclamación o si tiene derecho a ella.