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¿Soy padre de un menor, que ha atropellado a un vecino al subirse y conducir un vehículo sin mi autorización. ¿Soy responsable de los daños cometidos por mi hijo?
Según el código civil, artículos 1902 y 1903, la responsabilidad de los padres proviene de la falta de diligencia en el cuidado de los hijos menores, al no prever las consecuencias de los actos de éstos. Las leyes lo denominan 'culpa in vigilando'. Que se acentúa cuando los padres no controlan o desconocen la actividad de sus hijos.
Nuestra respuesta es que sí, eres responsable de las acciones de tus hijos que supongan un daño para terceros, siempre y cuando se pruebe la relación causal entre el daño causado, la acción u omisión de tu hijo y tu falta de diligencia en su cuidado. Comprueba si tienes una póliza de seguro del hogar que incluya esta cobertura, responsabilidad civil familiar.
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