Preguntas y respuestas para:
Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores Concursales

COBERTURAS
¿Cuál es el capital mínimo del seguro de responsabilidad civil de Administrador Concursal?
¿Cuál es el capital mínimo del seguro de responsabilidad civil de Administrador Concursal?

El capital mínimo a asegurar se desprende de la legislación concursal Real Decreto 1333/2012, que regula el seguro de responsabilidad civil de los administradores concursales.

Su artículo 8 define la suma mínima asegurada por la responsabilidad del administrador concursal: 300.000€

  1. Cuando el asegurado sea administrador concursal de tres o más concursos de acreedores de carácter ordinario: 800.000€
  2. Si se trata de concurso de especial trascendencia: 1.500.000€.
    El concurso de especial trascendencia venía regulado por el artículo 27 bis de la Ley 22/2003, Concursal, que fue derogado por el Artículo único de de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación, derogado a su vez por la 0) Disposición final undécima ter. del R.D. Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, lo que ha dejado en tierra de nadie esta definición en espera del reglamento.
  3. Si se trata de entidades de valores o derivados u otros instrumentos de inversión, entidades : 3.000.000€
  4. Si el administrador concursal es persona jurídica: 2.000.000€.