Preguntas y respuestas para:
Seguro para Estudiantes
En el condicionado del contrato de movilidad, hay una exclusión que dice:
a) Enfermedades previas al viaje y/o congénitas, afecciones crónicas o dolencias bajo tratamiento médico anterior al inicio del viaje, excepto lo dispuesto en la cobertura de “Gastos Médicos”.
Pero en la cobertura de gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización en viaje se menciona que “En los casos de urgencia como consecuencia de una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o previa al viaje, el Asegurador se hará cargo de los gastos hasta conseguir la estabilización del paciente.”
Así, puede determinarse que los gastos médicos derivados de enfermedades congénitas están excluidos salvo que se trate de una complicación imprevisible.