Preguntas y respuestas para:
Seguro de Arquitectos

GENERALIDADES
¿Cómo asegurar las actividades de ingeniería de la empresa y sus socios o empleados, y al mismo tiempo asegurar las actividades que realicen cualquiera de estos asegurados por cuenta propia ajenas al interés de la empresa?
Si en un contrato se da la presencia de una aseguradora y ConsulPlan Vida Correduría de Seguros, S.L es la correduría de seguros, ¿Que figura es la agencia de suscripción?
Si contrato una póliza de arquitectura o ingeniería. En ningún sitio de la póliza viene especificado o pormenorizado las distintas tareas o subactividades que podrían estar dentro de la denominación genérica Arquitectura o ingeniería. Mi duda al respecto es por que yo hago más actividades como informes, estudios técnicos, documentos técnicos de menor entidad que un proyecto, diseño (mobiliario, logotipos). En concreto la actividad según epígrafe de la AEAT 411/2 (7111 cnae) Arquitectura, 499/2 (4399 cnae) Otros profesionales y actividades de construcción, y 826/2 (8559 cnae) personal docente de enseñanzas diversas. 499/2 asistencias técnicas en obra para autoconstructores, sobre la obra, formación al autopromotor o autoconstructor, o a sus equipos a ejecutar técnicas de construcción. 826/2, pequeños talleres de bioconstrucción. ¿Me cubre el seguro de RC de las reclamaciones que pueda tener haciendo esas actividades?.
En cuanto a la Delimitación temporal de cobertura, ¿el seguro cubre daños por negligencias de proyectos u obras en curso, o de las ejecutadas anteriormente que aún sea legalmente responsable?.
Respecto de la Inhabilitación profesional, ¿la cobertura es independiente de la causa que implique la inhabilitación?
Sobre el Acto profesional Incorrecto. Aparecen excluidas varios errores o negligencias propias de los arquitectos salvo que sean 'Acto profesional incorrecto', pero en su definición incluye los actos negligentes, errores u omisiones. ¿Entonces excluye únicamente la mala fe u acto negligente intencionado?
Exclusiones
¿Cómo asegurar las actividades de ingeniería de la empresa y sus socios o empleados, y al mismo tiempo asegurar las actividades que realicen cualquiera de estos asegurados por cuenta propia ajenas al interés de la empresa?
El contrato en efecto menciona que son ASEGURADOS, la Empresa, sus socios, empleados, o personas por las que legalmente deba responder, legalmente habilitados para ejercer la actividad de ingeniería, única y exclusivamente en las actividades profesionales que realicen por cuenta del Asegurado. Esto quiere decir que para asegurar además la actividad de ingeniería de los socios o empleados se sumar en la base de cálculo la facturación de éstos realizada fuera del ámbito de la empresa. Así cada asegurado deberá sumar sus facturaciones si quiere estar asegurado en toda la actividad que desarrolla, ya sea para la empresa o fuera de ella.