Preguntas y respuestas para:
Seguro de Responsabilidad civil Profesional Abogados

GENERALIDADES
¿Qué actividades de la abogacía cubre el seguro en la modalidad de ejercientes?
¿Qué actividades de la abogacía cubre el seguro en la modalidad de ejercientes?

El seguro de responsabilidad civil de abogados para ejercietens cubre el:

Asesoramiento jurídico: se entenderá como tal tota actividad de carácter extrajudicial tales como la consulta y el consejo en materia jurídica, mediación, conciliaciones, acuerdos y transacciones, elaboración de dictámenes jurídicos, redacción de contratos y otros documentos para formalizar actos y negocios jurídicos, actuaciones y recursos administrativos y en general cualquier actividad de asesoramiento jurídico que no requiera actuaciones ante los Tribunales de Justicia.

Las actuaciones ante los Tribunales de Justicia: ejercicio de acciones de toda índole y defensa de derechos e interese ante los diferentes órdenes jurisdiccionales de cualquier instancia o jurisdicción.

En particular por errores u omisiones incurridos en:

1. El asesoramiento y representación en materias fiscales, así como colaboración en la tramitación de asuntos fiscales y el cumplimiento de obligaciones tributarias.
2. La prestación de auxilio en materia de delito fiscal.
3. La colaboración en el cumplimiento de las obligaciones de teneduría de registros y libros impuestas por leyes tributarias y en especial la confección de cuentas de resultados, estados de situación patrimonial, balances y su respectiva valoración desde el punto de vista fiscal.
4. La emisión de certificaciones sobre la observancia o inobservancia de las disposiciones tributarias en la confección de cuentas, estados y balances.
5. Impuestos o tasas especiales, como los de aduanas; gestión de seguros sociales; análisis de balances; examen de situación financiera y dictámenes crediticios.
6. La constitución, transformación, saneamiento, disolución y venta de empresas.
7. La organización y racionalización de la empresa en cuestiones contables.
8. La conclusión de acuerdos extrajudiciales en materia fiscal y contable.

9. El asesoramiento económico y fiscal en la conclusión de contratos.
10. La actividad ocasional como administrador de herencias, albacea testamentario, curador, tutor (sólo para el cuidado de los bienes del pupilo), árbitro o perito arbitral.
11. La emisión de dictámenes en el ámbito de las actividades aseguradas.
12. Su actuación en los procedimientos laborales y de Seguridad Social, así como la interposición de recursos para los que se encuentren facultados.
13. La formalización, tramitación y gestión de expedientes y documentos relativos a temas laborales y de Seguridad Social.