¿Qué es exactamente la "lex artis ad hoc" en la medicina española?
¿Qué es exactamente la lex artis ad hoc en la medicina española?
La lex artis ad hoc es uno de los conceptos clave en la responsabilidad civil médica. No se trata de un criterio basado en el resultado obtenido por el profesional sanitario, sino en el nivel de diligencia y adecuación técnica con que actuó en función de las circunstancias concretas del caso. Su comprensión es fundamental tanto para el análisis jurídico de la responsabilidad como para la aplicación práctica de los seguros de responsabilidad civil profesional médica.
¿Qué significa la lex artis ad hoc?
En el ámbito médico, la lex artis ad hoc se define como el conjunto de prácticas asistenciales aceptadas por la comunidad científica y médica como adecuadas en un momento y contexto determinados. Se trata de un estándar flexible, que se adapta al avance del conocimiento y a los medios disponibles, y que sirve para valorar si la actuación profesional fue correcta.
Como señala Galán Cortés (2016), la lex artis no impone la obligación de obtener un resultado concreto (como la curación del paciente), sino de actuar con pericia, prudencia y diligencia, conforme al estado de la ciencia médica aplicable al caso concreto. Esta concepción ha sido plenamente asumida por la jurisprudencia española.
Origen y evolución jurisprudencial
Una de las sentencias clave en la consolidación del concepto es la STS de 11 de marzo de 1991, donde el Tribunal Supremo señala que:
“La obligación del médico no es de resultado, sino de medios; su responsabilidad nace no por no haber curado, sino por no haber hecho todo lo razonablemente exigible para curar.”
Desde entonces, múltiples resoluciones del alto tribunal han reiterado este enfoque. La lex artis ad hoc es el criterio principal para valorar la licitud de la actuación médica, descartando modelos de responsabilidad objetiva. Su aplicación exige una valoración contextualizada y técnica del caso.
¿Cómo se determina si se ha vulnerado la lex artis?
La infracción de la lex artis no se presume. Requiere prueba pericial que evidencie que la actuación médica fue técnicamente inadecuada en relación con lo que cabía esperar de un profesional medio, en condiciones similares. Para ello, se valoran aspectos como:
- La formación y especialidad del profesional.
- La urgencia y complejidad del caso clínico.
- Los protocolos vigentes y guías clínicas aplicables.
- Los medios técnicos y humanos disponibles en el centro sanitario.
Como expone Pelayo Martín Sánchez Álvarez en su TFM, el juicio de adecuación a la lex artis exige siempre una ponderación de circunstancias concretas, y no una comparación abstracta con ideales de perfección técnica.
Supuestos típicos de infracción
Algunos ejemplos de actuaciones médicas que pueden considerarse contrarias a la lex artis incluyen:
- Errores diagnósticos inexcusables por omisión de pruebas básicas o signos clínicos evidentes.
- Aplicación de tratamientos no indicados o desfasados sin justificación.
- Demoras injustificadas en la atención urgente.
- Falta de coordinación entre servicios asistenciales.
No basta con que haya un daño: es preciso demostrar que este se debió a una actuación alejada del estándar de diligencia exigible en el caso concreto.
Relevancia para los seguros de responsabilidad civil médica
La lex artis ad hoc es también el criterio de referencia en los contratos de seguro de responsabilidad civil profesional médica. La aseguradora suele cubrir las consecuencias de actos médicos cuando estos han sido realizados conforme a la lex artis. En cambio, si la actuación se considera imprudente, negligente o alejada de las buenas prácticas, puede verse comprometida la cobertura.
En contextos judiciales o extrajudiciales, la determinación pericial de la lex artis condiciona directamente tanto la imputación de responsabilidad como la viabilidad del siniestro desde el punto de vista asegurador.
Conclusiones
La lex artis ad hoc es el estándar jurídico que permite valorar la corrección técnica de la actuación médica en función de las circunstancias específicas del caso. Alejarse de este estándar —y no el hecho de que haya habido un daño— es lo que puede generar responsabilidad civil. Su valoración requiere prueba pericial y análisis individualizado, tanto para efectos jurídicos como aseguradores.
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