Preguntas y respuestas para:
Seguro de Animales Domésticos
El artículo 30.3 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, es interpretable porque indica que el que tiene o sea titular de un perro debe contratar y mantener durante toda la vida del perro un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya al responsable del animal.
Nuestra interpretación de la norma es que si el tenedor o propietario, mantiene un seguro de responsabilidad civil que le protege de las reclamaciones que traigan causa de la tenencia o propiedad de un perro, el adiestrador o criador que mantenga una póliza de responsabilidad civil sobre su actividad, estaría cumpliendo lo dispuesto en este artículo 30.
Ahora bien, es relevante advertir que si bien dentro del centro de adiestramiento, el criador tiene plena protección de la responsabilidad civil por los daños materiales y personales que causen los animales a terceros, fuera del recinto o de las instalaciones del adiestrador, no alcanza la protección por responsabilidad civil, momento en que el propio perro debería tener un seguro de responsabilidad civil para que los daños que causen y que alcancen al adiestrador estén protegidos por la responsabilidad civil del animal.