Preguntas y respuestas para:
Seguro de Animales Domésticos
El seguro de Responsabilidad Civil para los titulares o tenedores de perros viene recogido en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Resulta obligatorio porque así lo establace en el artículo 30.3.
Sin embargo, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) y la Dirección General de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023 publicaron e. 26/09/2023 una nota informativa informando que el seguro no será obligatorio hasta que no se produzca el desarrollo reglamentario de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, salvo que, por normativa autonómica o local anterior, o por razón de la actividad o uso se determine lo contrario.
Los tenedores o propietarios de perros potencialmente peligrosos, se rigen por una normativa específica (Real Decreto 28/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos).
Esta norma obliga a que una cobertura mínima de 120.000€ en el capital asegurado de seguro de responsabilidad civil.