Seguro de Intermediarios de Crédito y entidades de préstamos

Seguro de Intermediarios de Crédito y entidades de préstamos

Calcula y contrata tu seguro de responsabilidad profesional de intermediarios de crédito e hipotecas adaptado a la Ley 5/2019  reguladora de los contratos de crédito inmobiliario

Un seguro que te protege de los errores profesionales que produzcan daños a terceros, sus indemnizaciones, gastos de defensa y fianzas.

Si la acreditación para el ejercicio de la actividad de intermediario de crédito la realizarás ante el Banco de España ya sea porque no tengas óorgano propio en tu comunidad autónoma (Castilla La Mancha, Extremadura, Galicia, País Vasco y Comunidad Valenciana) o porque vayas a intermediar con clientes de más de una comunidad autónoma o que estén domiliados fuera de la tuya, necesitarás que tu seguro tenga unas condiciones específicas:

- periodo de descubrimiento de 60 meses.

- Límites exclusivos para la cobertura de responsabilidad civil profesional.

La extensión del periodo de descubrimiento significa que la póliza atenderá reclamaciones desde que finalice el periodo de seguro incluso aunque no se renueve la póliza porque ceses en tu actividad o porque el asegurador no te renueve.

La ley 5/2019 en su artículo 36 establece como requisito para ejercer la actividad de intermediario de crédito inmobiliario disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional para hacer frente a sus responsabilidades por negligencia profesional y por el incumplimiento de los deberes de información a los prestatarios.

Si vas a dedicarte a se prestamista hipotecario también puedes incluir esta cobertura en el seguro de responsabilidad civil.

Calcula el seguro profesional de intermediarios de crédito pulsando en 'calcular'

 ¿Qué coberturas te ofrecemos?

  • Responsabilidad civil Profesional del intermediario de crédito con límite de 460.000€ por siniestro y 750.000€ por anualidad.
  • Defensa Penal y reclamación de daños
  • Infidelidad de empleados
  • Pérdida de documentación
  • Inhabilitación profesional del intermediario de crédito
  • Reclamaciones por incumplimiento de la normativa de protección de datos

Consúltanos tus dudas, llámanos para que podamos asesorarte al 902.74.79.78 o 91.898.10.18

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Aquellos que vayan a operar en más de una comunidad autónoma o que tengan prestatarios con domicilios en todo el Estado o en más de una comunidad autónoma, están obligados a solicitar la inscripción en el Banco de España. Los que solo operen en una comunidad, pueden solicitarlo al órgano competente de su comunidad, si es que dispone de este órgano. Dispone de órgano propio Castilla La Mancha, Extremadura, Galicia, País Vasco y Comunidad Valenciana
Si incluye esta cobertura tendrá un recargo de 1.000 € en la prima neta.
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