Preguntas y respuestas para:
Seguro de intermediarios de crédito hipotecario

OBLIGACIONES-BANCO-ESPANA
¿Se trata de un seguro de responsabilidad civil profesional (SRCP) de los regulados por la Sección Octava de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro?
¿La legislación aplicable a la póliza recoge la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y el Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la anterior?
¿Quién es asegurado de la póliza?
¿La póliza recoge entre las definiciones la relativa al “Beneficiario o tercero perjudicado” y ésta incluye al prestatario?
¿Incluye el ámbito temporal de la cobertura: (i) las reclamaciones por responsabilidad extracontractual de los prestatarios que se realicen durante el año siguiente al vencimiento del plazo de la póliza; y (ii) las reclamaciones por responsabilidad contractual de los prestatarios que se realicen durante los cinco años siguientes, siempre que no exista otra póliza de seguros contratada con posterioridad que cubra estas reclamaciones.
¿La póliza no contiene franquicias oponibles a terceros?
¿Los límites de la cobertura por responsabilidad civil profesional son independientes de cualesquiera otras coberturas ofrecidas por la aseguradora en el mismo contrato de seguro, de tal forma que no afecten al límite mínimo de cobertura exigido por el Reglamento Delegado (UE) Nº 1125/2014, de 19 de septiembre de 2014?
¿Contiene la póliza exclusiones de reclamaciones derivadas de responsabilidades que sean o deban ser objeto de cobertura bajo un seguro de suscripción obligatoria?
¿La entidad aseguradora deberá someterse a la jurisdicción del lugar en el que se prestan los servicios del ICI, cuando se trate de un país perteneciente a la Unión Europea?
¿El objeto del seguro cubre tanto las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional como aquellas derivadas del incumplimiento de los deberes de información de los prestatarios?
¿La póliza recoge entre las definiciones la relativa al “Beneficiario o tercero perjudicado” y ésta incluye al prestatario?

Entre las definiciones no hay tal aserto pero el contrato manifiesta en el apartado de Actividad asegurada: la intermediación para la celebración de un contrato de préstamo o crédito con cualquier finalidad, a un consumidor, mediante la presentación, propuesta o realización de trabajos preparatorios para la celebración de los mencionados contratos, incluida, en su caso, la puesta a disposición de tales contratos a los consumidores para su suscripción (conforme a lo dispuesto en ley 2/2009 de 31 de marzo de 2009 y a su desarrollo posterior en el real decreto 106/2011 de 28 de enero de 2011 en la ley 5/2019, de contrato de crédito inmobiliario, y en el real decreto 309/2019, de 26 de abril de 2019).
Quedan incluidas las responsabilidades derivadas del incumplimiento de los deberes de información a los prestatarios, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera del real decreto 309/2019 de 26 de abril.